En algún lugar de este predio (sede de la FBF en Cochabamba) están guardados los secretos que ahora podrán ser conocidos. |
La oposición a Carlos Chávez, presidente de la
Federación Boliviana de Fútbol (FBF), atrincherada en la Liga del Fútbol Profesional
Boliviano (LFPB), consiguió la llave para abrir la puerta de la Tesorería, el recinto más impenetrable del fútbol
nacional, donde son guardados los libros con las informaciones y los números
que manejan y deciden los rumbos de la actividad social más importante del país:
El fútbol.
A través de una maniobra lícita, la oposición eligió a
Walter Zuleta, dirigente de Bolívar, como nuevo Tesorero de la Federación
Boliviana de Fútbol.
Ese es el capítulo más importante de este episodio;
más trascendental, inclusive, que la elección del presidente Fernando Humerez.
A partir de la elección de Zuleta, esperamos que los
movimientos financieros de la Federación Boliviana de Fútbol no sean mantenidos en absoluto secreto, como viene
aconteciendo hasta ahora; bastará cumplir los Estatutos del FBF:
Art. 39. El
Tesorero es responsable solidario y mancomunado con el Presidente, de la buena administración
de los recursos económico y el Patrimonio de la FBF.
Art. 40. Sus atribuciones (del Tesorero) son las
siguientes:
a) Presentar el proyecto de Presupuesto de la Federación
Boliviana de Fútbol a
consideración del Comité Ejecutivo.
b) Informar cuantas veces sea requerido por el Comité
Ejecutivo el movimiento económico financiero de la FBF.
c) Presentar a consideración del Comité Ejecutivo el
Balance Anual y los Estados Financieros correspondientes.
d) Controlar y supervisar los ingresos, donaciones,
bienes muebles e inmuebles y en general el patrimonio de la FBF.
e) Exigir el cumplimiento oportuno de las obligaciones
económicas por parte de las entidades afiliadas a la FBF.
f) Cuidar que la documentación contable sean debidamente
elaborados y registrados, supervisando el adecuado funcionamiento del sistema
de contabilidad, presentando balances periódicos a consideración del Comité
Ejecutivo.
g) Intervenir conjuntamente el Presidente en la
elaboración y suscripción de contratos, convenios, resoluciones y toda
documentación de índole económica y patrimonial de la FBF.
h) Las establecidas en el Reglamento del Estatuto.
Y las grietas en la muralla hasta ahora impenetrable
de la FBF son mayores, si consideramos que el nuevo presidente de la LFPB,
Fernando Humerez, al igual que Walter Zuleta, pasa a ser, también, miembro del Comité
Ejecutivo de la FBF:
Art. 28. El Comité Ejecutivo está constituido de la
siguiente manera: un Presidente elegido por el Congreso Ordinario, un
Vicepresidente, que es el Presidente de la LFPB, un Vicepresidente, que es el
Presidente de la ANF, un Secretario General elegido por la ANF; y un Tesorero
elegido por la LFPB. También participara del Comité Ejecutivo el Secretario Ejecutivo
con derecho a voz únicamente. A requerimiento expreso podrán participar de las reuniones
del Comité Ejecutivo: el asesor legal, los presidentes de comisiones o a
quienes se consideren necesario; todos ellos con derecho a voz únicamente; este
será considerado un Comité Ejecutivo Ampliado.
Los propios Estatutos de la Federación Boliviana de
Fútbol (FBF) amparan al nuevo Comité Ejecutivo de la Liga:
Art. 11. DE LA LIGA PROFESIONAL La Liga del Fútbol
Profesional Boliviano es una entidad jurídica de derecho privado constituida
por los clubes que cuentan con equipos de fútbol profesional. Tiene autonomía
de gestión, independencia técnica, administrativa y económica. Se halla
sometida al Estatuto y Reglamento de la FBF, al igual que sus clubes afiliados,
quienes mantendrán relación con la FBF a través de su entidad matriz.
La Liga ejerce sus derechos y obligaciones reconocidos
en el Estatuto Orgánico de la FBF a través de su Consejo Superior y/o Comité
Ejecutivo.
El próximo paso a ser dado por la Liga del Fútbol
Profesional Boliviano, para que este cambio avance, buscar el
reconocimiento por parte del Ministerio de los Deportes, Secretaria de Estado a
la que tienen que ser presentados todos los documentos de la elección, amparados
en sus propios Estatutos.
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